miércoles, febrero 3

Presentarán diputados proyecto para consolidar la laicidad del Estado mexicano


Se añadirá el adjetivo “laico” al artículo 40 constitucional
Evitar que los intereses religiosos intervengan en los asuntos públicos, uno de los objetivos
Óscar Salvador

México DF, febrero 02 de 2010.
La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados presentará mañana ante el pleno un proyecto que reforme el artículo 40 constitucional para garantizar la laicidad del Estado mexicano.
La propuesta es incluir el adjetivo “laico” como sigue: “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”.

Para esta Comisión, elevar a rango constitucional la laicidad del Estado mexicano implicaría el reconocimiento de que todos los seres humanos tienen derecho a la libertad de conciencia, de credo o de corriente filosófica, mediante la práctica individual o colectiva.

“Se evitaría con ello que los valores o intereses religiosos se erijan en parámetros para medir la legitimidad o justicia de las normas y actos de los poderes públicos, lo cual veda cualquier tipo de confusión entre funciones religiosas y funciones estatales, de ahí que en los debates que se susciten en los órganos del Estado deba prevalecer como guía de las discusiones el principio de laicidad”, explicó ese sector parlamentario.

La Comisión de Puntos Constitucionales, después de analizar todas las iniciativas presentadas por las y los diputados del Partido Revolucionario Institucional, Alfonso Izquierdo Bustamante y César Augusto Santiago; del Partido de la Revolución Democrática, Rafael García Tinajero y Víctor Hugo Círigo; y por la ex diputada Elsa Conde, del Partido Social Demócrata, llegó a la convicción de adicionar el término “laico” a la República representativa, democrática y federal.

Quienes pertenecen a esta Comisión afirman que debe ser en el artículo 40 constitucional donde se especifique la laicidad del Estado, para que este principio impregne todas las acciones que lleve a cabo en lo subsecuente.

“Finalmente, consideramos que de asumirse el compromiso sin restricciones del principio de laicidad en nuestro país, los legisladores mexicanos estaremos reafirmando el camino que un día trazaron los personajes históricos más importantes que han ayudado a construir la identidad de la nación mexicana”, concluye la Comisión en el documento donde explica el proyecto de reforma.

Las razones

Para argumentar por qué debe incluirse la laicidad del Estado mexicano en al artículo 40 constitucional, la Comisión de Puntos Constitucionales recordó las luchas internacionales y mexicanas respecto al tema. Por ejemplo, en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, en 1789, dice en su artículo X que “nadie puede ser molestado por sus opiniones, incluso religiosas, siempre y cuando sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la ley”.

En México, el inicio del proceso de laicidad en las instituciones culminó con la Constitución de 1857 y las Leyes de reforma, donde se especificó la separación entre la Iglesia católica y el Estado Mexicano, proceso continuado en la Ley Suprema de 1917. “Nuestra experiencia colectiva y la de otras naciones ha constatado que la laicidad es una fórmula eficaz para la convivencia de la pluralidad”, aseguró la Comisión.

Para que un régimen pueda definirse mínimamente como laico, concluyó la Comisión, debe existir libertad de conciencia, autonomía entre lo político y lo religioso, igualdad entre individuos y asociaciones ante la ley, y la no discriminación por motivos de credo.

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