Alejandra todavía no aparece. Es la segunda vez que KIOSKO viaja a Puebla para tratar de hablar con ella. Frente a su casa, de pronto, su madre abre la puerta. Juana Sánchez Rojas tiene un fuerte golpe en la frente y el ojo. Ante la cámara fotográfica, simplemente se oculta. Marco Antonio Moreno, integrante de la Red Nacional de Abogadas y Abogados por la Defensa de la Reproducción Elegida (RADAR 4°), presente en el lugar esa mañana, asegura que aquí, en esta casa de la colonia Xonaca se vive violencia intrafamiliar. Dicen los activistas que cuando el padre de Alejandra se enteró del aborto de su hija casi la mata a golpes. Juana, tras la puerta entrecerrada, comenta que tiene prohibido hablar; que su esposo tuvo una fuerte discusión con su hija y que desde entonces no la ve... y es que Alejandra tenía 14 semanas de embarazo cuando decidió abortar, tomó pastillas, tuvo una hemorragia por lo que acudió a la Cruz Roja de Puebla, entidad donde el aborto está prohibido, salvo los casos que prevé la ley. Por lo anterior, se dio aviso a las autoridades para hacer el levantamiento del cadáver o feto y se inició la averiguación previa AP61/2009/ AEH, “para determinar su situación legal debido a que de acuerdo a la ley local, cometió un homicidio por provocarse un aborto y deberá responder ante las autoridades por sus actos”, cita el documento. Su tío Raúl Gómez, visiblemente molesto e irritado comenta, vía telefónica, que su sobrina reconoce que cometió un error que “tendrá que pagar”: “Ella ya está asistiendo a terapias con una psicóloga” y agrega que la familia se ha puesto de acuerdo para proteger a Alejandra de “los medios”. Grita y amenaza que no quiere vernos más rondando la casa de su sobrina o no responde y que, de acuerdo a su declaración, Alejandra cometió un aborto no intencional. Mientras tanto esta mujer de 20 años continúa oculta como hizo esa madrugada del 2 de agosto en la Cruz Roja, recuerda su amigo César. Ella, tras las sábanas azules de su cama, como si fuera una burka de la que no querría haber salido, sumándose al grupo de mujeres de Afganistán, Irán, Libia, Somalia, donde el aborto está penalizado en prácticamente todas sus circunstancias. En el extremo, la posición liberal se da en países como Canadá, China, Cuba, los Países bajos y Vietnam, así como algunos territorios de Australia, donde el aborto es aceptado a demanda de la mujer, sin límite de tiempo o plazo para la interrupción del embarazo. Marco Antonio, de RADAR 4°, agrega que Alejandra fue obligada a ir por el feto que estaba en el baño de su casa y llevarlo ante las autoridades para que éste fuera enterrado en la fosa común. La investigación continúa para determinar si su legrado fue inducido o se trató de una complicación del embarazo. Una celebración opacada En México, Congresos estatales han promovido reformas constitucionales mediante los cuales se pretende dar marcha atrás a los avances en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Lo anterior tiene como consecuencia directa la penalización de la interrupción legal del embarazo y la negación del derecho a decidir de las mujeres, reconoce la Academia Mexicana de Derechos Humanos, en el boletín informativo Ombudsman Ciudadano No. 13. En el documento se asegura que después de que en 2007 en el Distrito Federal se aprobó la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) se pensaba que el respeto y garantía de los derechos sexuales y reproductivos en la sociedad mexicana eran una realidad en materia de derechos humanos de las mujeres. Sin embargo, la celebración fue opacada y duró poco pues en varios Congresos se presentaron iniciativas de reformas en las cuales se legisla la vida desde la concepción hasta la muerte natural. Tal es el caso de Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Yucatán y Querétaro, que han aprobado reformas a sus Constituciones, protegiendo la vida del óvulo humano fertilizado, en muchos casos otorgándole el carácter de persona. En días recientes, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de Querétaro aprobó por unanimidad la ley antiaborto, la cual garantiza la vida desde la concepción, cerrando cualquier posibilidad de que pueda interrumpirse el embarazo antes de las 12 semanas de gestación. Sin embargo, el dictamen todavía no es llevado al pleno para su aprobación. A su vez, Aguascalientes, Estado de México, Michoacán, Oaxaca y Veracruz dan pasos en la misma dirección al presentar entre octubre de 2008 y mayo de 2009 iniciativas para proteger la vida desde la concepción. Brahim Zamora Salazar, vocero de la organización civil Red Democracia y Sexualidad Demysex-Puebla, comenta que las reformas constitucionales recién aprobadas en esa entidad apuntan hacia la “criminalización” de mujeres que deciden practicarse un aborto en cualquier circunstancia, pues cabe la posibilidad de que sean procesadas legalmente. Contra la criminalización “Queremos evitar que las mujeres sigan abortando y que lo hagan de manera clandestina e insegura. Alejandra Gómez fue criminalizada y esto es lo que quisiéramos prevenir”, asegura la Organización Civil Demysex–Puebla, una de las principales promotoras de la defensa del derecho a decidir en la entidad. Fedora Castro, abogada de GIRE, Grupo de Información en Reproducción Elegida, explica que las reformas constitucionales violan múltiples derechos de las mujeres, reconocidos en la Constitución federal y en los tratados internacionales firmados y ratificados por México. Agrega que las reformas criminalizan a las mujeres y las orilla a practicarse abortos clandestinos que ponen en riesgo hasta su vida y genera más muertes de mujeres por abortos mal practicados e incluso eleva los índices de muerte materna, además de que invisibiliza los graves problemas de salud pública que ello implica. Asimismo, “proteger la vida desde la concepción o fecundación de manera absoluta consagra a las mujeres como meros instrumentos reproductivos sin reconocer que son titulares de derechos y que gozan del derecho a la libertad sexual y a la autodeterminación reproductiva. Además, pone en riesgo el uso de métodos anticonceptivos que tienen efectos anti-implantatorios, como el Dispositivo Intrauterino, que es el segundo método más usado por mujeres en México, pues éste busca evitar la implantación del óvulo fertilizado”, dice Castro. Visión de los derechos reproductivos En Baja California, el artículo 7 constitucional tutela el derecho a la vida al sustentar que “desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa (sic) como nacido”. En Campeche, el artículo 6 constitucional, aprobado por el Congreso el 23 de abril de 2009, dice que toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley desde el momento de la fecundación hasta su muerte natural. En Colima el artículo 1 constitucional suscribe que la vida es un derecho inherente a todo ser humano que el Estado protegerá y garantizará desde la concepción, (fue aprobado el 20 de marzo de 2009). En Durango, en el artículo 1 el Estado reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa (sic) como nacido. (Aprobada en mayo de 2009). En Guanajuato, el 1 constitucional determina que persona es todo ser humano desde su concepción hasta su muerte natural y el Estado le garantizará el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos. (Aprobado en mayo de 2009). Según organizaciones civiles, la mujer que aborta en Guanajuato es acusada de homicidio en razón de parentesco. El 4 constitucional en Jalisco reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo protección de la ley (aprobada el 26 de marzo de 2009). En Morelos, el 2 constitucional reconoce que todo ser humano tiene derecho a la protección jurídica de su vida (aprobado el 11 de noviembre de 2008). En Nayarit, el 7 constitucional reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano desde la fecundación; (aprobada el 17 de abril de 2009). En Puebla, el 26 constitucional sustenta que la vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción hasta su muerte natural, salvo los casos previstos en las Leyes, mientras que en Quintana Roo, el 13 constitucional (aprobado el 21 de abril pasado) reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano al sustentar expresamente que desde la concepción está bajo la protección de la ley. San Luis Potosí, en el 16 constitucional, reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que la respeta y protege desde su inicio en la concepción (aprobado el 21 de mayo pasado). Sonora, en el 1 constitucional tutela el derecho a la vida, al sustentar que desde la fecundación de un individuo, entra bajo la protección de la ley y se le reputa (sic) como nacido (aprobada el 21 de octubre de 2008); Yucatán, en el 1 constitucional, garantiza el derecho a la vida de todo ser humano. (aprobado el 15 de julio pasado). Aseguran buenos resultados en el DF En contraste, datos en el libro La moralidad del aborto, de Gustavo Ortíz Millán, revelan que la ley que despenalizó la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas de gestación se ha aplicado con muy buenos resultados en el DF. De abril de 2007 a agosto de 2008 se han realizado unos 12 mil 679 abortos legales. “Se han practicado en óptimas condiciones en 14 hospitales del gobierno capitalino y una clínica; 85% de las mujeres reciben pastillas vía oral para embarazos de menos de 63 días; el resto se realiza con aspiración manual o eléctrica endouterina, que reduce los riesgos para la salud y la vida de la mujer”. María Consuelo Mejía, directora de Católicas por el Derecho a Decidir, refiere que ante avances como los mencionados, que permiten que las mujeres del DF cuenten con el reconocimiento a su autoridad moral, la protección de su salud y la garantía del derecho inalienable a decidir sobre sus cuerpos y sus vidas, se contraponen diversas expresiones del fundamentalismo religioso, donde la jerarquía católica conservadora no ceja en su intento de imponer su concepción de la moral “única” a las mujeres. “Muestra de ello son los cambios en las Constituciones de nueve estados. Baja California, Sonora, Colima, Morelos, Puebla, Jalisco, Nayarit, Durango y la reciente modificación en Quintana Roo, donde legisladores liderados por partidos como el PRI y el PAN, por encima de los derechos de las mujeres, han llevado las posturas de la jerarquía católica a los espacios legislativos. Estos cambios a las Constituciones, asegura Mejía, vulneran los derechos de las mujeres ante las realidades especificadas en los códigos penales, reduciendo su papel a funciones reproductivas, lo cual pone en riesgo las causales permitidas. En contraparte, para Jorge Adame Goddard, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, las reformas constitucionales locales no deben ser vistas como ley anti aborto, sino como leyes que buscan regular las relaciones entre individuos y poder público. Dichas leyes, dice, significan una apertura al futuro, a una sociedad en la que prive la solidaridad sobre los intereses económicos y políticos. Mientras, dicen que Alejandra se cambió el nombre, que ahora es Alessandrina, para continuar su vida bajo una burka autoimpuesta por la presión de la averiguación penal de la que es objeto. |